En general, los incidentes ocurridos durante el tiempo de la jornada establecida por la compañía se considerarán accidentes laborales y quedan cubiertos, por tanto, por la mutua correspondiente. La ley protege de igual modo a los trabajadores, bien trabajen desde casa o desde sus oficinas.
No obstante, dentro de este ámbito pueden ocurrir situaciones singulares. Por ejemplo, si se sufre alguna lesión cocinando en horario laboral no se considerará accidente como tal. En cualquier otra circunstancia que genere duda, será la mutua y la empresa quienes tendrán que llegar a delimitar el incidente presentado por el empleado. El sector de la abogacía, por otro lado, considera que la creación de jurisprudencia también irá ayudando en estos temas.
Las aseguradoras han tratado de adaptarse a esta nueva realidad impuesta por la crisis sanitaria introduciendo nuevas coberturas en las pólizas para cubrir tanto posibles accidentes derivados del teletrabajo, como potenciales riesgos derivados de una actividad cada vez más digital. En este sentido, AXA ofrece soluciones a medida de cada empresa para otorgar la protección adecuada tanto a sus trabajadores como a los activos con los que cuenta.
La pandemia y la aceleración de la digitalización han traído aparejado un importante incremento del número de ciberataques, ya que, a mayor número de personas teletrabajando, mayor número de “objetivos” hacia los que los ciberdelincuentes se pueden dirigir. Por eso es importante que las aseguradoras actualicen los servicios destinados a proteger a sus clientes frente a estos riesgos. AXA ha reforzado la prevención en esta materia y ofrece a sus clientes de forma periódica pautas a seguir para evitar o minimizar una brecha de seguridad y las consecuencias negativas que pueda provocar.